El pasado 19 de octubre entró en vigor la
Ley 18/22 de Creación y Crecimiento de Empresas, en el marco de las reformas impulsadas por el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, con el objetivo de
facilitar la creación de nuevas empresas y de mejorar la regulación y el acceso a la financiación para facilitar su crecimiento.
Según el último
Informe Doing Business 2020, elaborado por el Banco Mundial, España estaba en la posición 97 del ranking de países en los que era más fácil abrir un negocio. O dicho de otro modo,
España estaba en la posición 94 del ranking de países en los que era más difícil abrir un negocio. Para que nos hagamos una idea, estábamos en condiciones similares a países como Gabón o Guatemala.
Pues bien, la medida estrella de esta nueva ley para facilitar la creación de empresas es la reducción del capital social mínimo para constituir una sociedad limitada, que
pasa de 3.000 € a 1 €, un importe simbólico.
En este ámbito, la ley también impulsa de forma decidida la tramitación telemática de la ventanilla única del Centro de Información y Red de Creación de Empresas (CIRCE) del Documento Único Electrónico (DUE), implementada con éxito en el año 2003, y establece las bases para ampliar el catálogo de actividades inocuas exentas de obtener la licencia de actividad.
Con estas medidas el Gobierno prevé la generación de un efecto positivo en la creación de nuevas empresas, primero, por el hecho de que ya no es necesario disponer de un capital de 3.000 € para constituir una sociedad, y segundo, por la
disminución del número de trámites de constitución, de su duración y de su coste.
¿Pero cuál será el impacto real de esta nueva ley?
Seguramente, esta Ley hará ganar a España algunas posiciones en los rankings internacionales, y reducirá el número y la intensidad de los quebraderos de cabeza de las personas emprendedoras durante la realización de los trámites inicials, pero, ¿producirá algún efecto en el número de empresas creadas? Pues, sinceramente, no.
La reducción del capital social mínimo para constituir una sociedad limitada provocará, como mucho, que personas emprendedoras que hasta ahora se daban de alta como trabajadores autónomos para evitar un desembolso inicial de 3.000 € decidan operar mediante una sociedad,
sin generar ningún impacto adicional en la generación de riqueza y empleo.
Por otro lado, la reducción del número de trámites, de su duración y de su coste no será relevante, ya que la mayoría de emprendedores, sobre todo aquellos con menos recursos, ya utilizaban la ventanilla única para la constitución de sociedades y la reducción de costes de una sociedad será de un importe poco relevante, inferior a los 100 €.
La ley también establece
otras reformas en los ámbitos de la morosidad comercial y el acceso a la financiación, para mejorar las condiciones para el crecimiento de las pequeñas y medianas empresas, entre las que destacan:
- La generalización del uso de la factura electrónica, que será obligatoria en las relaciones comerciales entre empresas y profesionales con otras empresas y profesionales.
- La transparencia con relación a los periodos de pago, que las empresas deberán publicar en sus cuentas anuales.
- La inclusión del cumplimiento de la normativa vigente contra la morosidad como criterio de valoración en el acceso a las subvenciones y a la contratación pública.
- La flexibilización de la regulación de los mecanismos de financiación alternativa, como el crowdfunding, la inversión colectiva y el capital riesgo, para adaptarla a las directivas europeas.
Todas ellas son medidas en la buena dirección, pequeños pasos que mejoran las condiciones para hacer negocios en España, acercándolas un poco a los países más avanzados, pero que difícilmente tendrán un impacto relevante en el crecimiento de las empresas, en la generación de empleo y en el número de personas que digan Soy lo que quiero ser.